Función nominante y función nombrante del padre
Algunos conceptos que, dentro del dispositivo analítico, nos permitan ubicar la relación al lugar del Padre tal como se jugó esta función en cada subjetividad.
En la clínica nos encontramos con los efectos de las funciones del padre tal como se pusieron en juego para cada sujeto.
A lo largo de un análisis se puede construir:
- Si se jugó o no el Nombre del Padre en lo simbólico, como bien se evidencia en posibilidad del uso de la metáfora.
- Si el padre pudo intervenir como privador de la madre, o si en cambio el niño quedó atrapado por ella.
- Si al sujeto lo precede una relación de deseo entre los padres o no.
- Si la familia conyugal posibilita una constitución subjetiva que implique, por parte del padre, un deseo de dar nombre y apellido a su hijo.
En este artículo veremos los conceptos de función nominante y función nombrante del padre, que nos servirán para escuchar estas claves de articulación del análisis.
Las funciones nominante y nombrante
Desde el tercer año de su Seminario, Lacan coloca la función del padre simbólico, es decir el Nombre del Padre, del significante Nombre del Padre.
El padre simbólico está marcado por una ausencia que no tiene que ver con el padre real, ese personaje de carne y hueso que tiene que encarnar la función. Todo padre, para ser padre, necesita del Nombre del Padre. Un padre real necesita del registro simbólico para transformarse en padre.
En el registro simbólico está la transmisión de generación en generación.
Lacan va a colocar la diferencia entre copular y procrear. La copulación no define al padre. Lo que lo define es una marca simbólica que tiene que ver con el deseo de darle un nombre a ese hijo y decir “ese es mi hijo”.
El padre, en tanto significante, es el padre muerto. El Nombre del Padre funda la ley y el orden, la normativización, y en tanto sostén de la función simbólica será la figura de la ley.
En psicoanálisis, el concepto de padre encontró un sitio relevante a partir de la enseñanza de Lacan, quien dio otro estatuto al complejo de Edipo. En el Seminario “Las formaciones del inconsciente”, hizo un pasaje del mito a la lógica, hasta llegar a la función nominante del padre.
La función nominante reafirma no solo el lugar nombrante del padre, es decir, el dar un nombre a su hijo, sino también el nombre que hace de él mismo padre, esto es, el nombre que le es dado al padre. Un sujeto es padre por ser nombrado como tal. Su lugar se hace dependiente del nombre. Al decir “tú eres mi hijo” no solo nombra hijo al niño que ha tenido con su mujer, sino que también hace que su deseo pierda anonimato.
En el texto de “Dos notas sobre el niño”, Lacan toma este punto cuando se refiere a la familia como función. La familia es irreductible como transmisión de la función de Padre y la función de Madre.
La familia conyugal es presentada cumpliendo una función de residuo que sostiene y mantiene la posibilidad de una constitución subjetiva a partir de “un deseo que no sea anónimo”.
Para que las funciones materna y paterna tengan esa categoría de función, no deben ser anónimos. Esto quiere decir que hace falta que el deseo, tenga nombre y apellido, que no sea sin nombre, que quede unido a un linaje.
La función materna debe evocar una falta, como forma de dar cuenta de la castración; la función paterna, debe ejecutar una mediación entre el Ideal del yo y el deseo materno, vectorializando con su nombre la “encarnación de la Ley en el deseo”.
Cuando hablamos de funciones materna y paterna, debemos pensarlas al menos en tres generaciones.
El padre como interdictor, el padre real
El padre existe incluso sin estar, porque de lo que se trata es del padre como función y de su lugar en la familia. No hay que confundir, nos dice Lacan, el padre en cuanto normativo y el padre en cuanto normal.
Un padre que interviene en distintos planos. ¿Qué es lo que prohíbe el padre? Prohíbe la madre, que en cuanto objeto es suyo y no del niño. Es el principio del complejo de Edipo, y es aquí donde el padre está vinculado con la ley primordial de la interdicción del incesto. El padre es el encargado de representar esta interdicción.
Nos dice Lacan que es mediante toda su presencia, por sus efectos en el inconsciente, como lleva a cabo la interdicción de la madre. Como sabemos, la relación del niño con su madre es, en el mejor de los casos, muy estrecha, y el niño se convierte en objeto de satisfacción para esa madre. La interdicción del padre (“Basta con ese niño, acá estoy yo, volvé conmigo”, con todas sus connotaciones) prohíbe, coloca un límite al goce materno.
Por lo tanto, en esta etapa, tanto en el niño como en la niña, se establece aquella rivalidad con el padre que por sí misma engendra una agresión.
El padre simbólico: la metáfora
El padre es el padre simbólico, o sea la posibilidad de producir metáfora. Una metáfora es un significante que viene en lugar de otro significante. Se trata de lo que se ha constituido como primordial de una simbolización entre el niño y su madre: el padre colocado como símbolo en lugar de la madre es el padre en el complejo de Edipo.
La posición del Nombre del Padre, la calificación del padre como procreador, es un asunto en el nivel simbólico.
El deseo de la madre, este deseo del Otro, tiene un más allá. Para alcanzar este más allá se necesita una mediación, y esta mediación la da precisamente la posición del padre en el orden simbólico.
La relación del niño con el falo, significante de la falta, a nivel imaginario se establece porque el falo es el objeto del deseo de la madre.
El padre, en la medida en que priva a la madre del objeto de su deseo, desempeña un papel esencial. Es en plano de la privación de la madre donde en un momento dado de la evolución del Edipo se plantea para el sujeto niño la cuestión de aceptar, de registrar o rechazar esa privación materna.
Cuando el padre entra en función como privador de la madre, lo que es castrado no es el Sujeto, sino la madre.
Si el niño no franquea ese punto nodal, no acepta la privación del falo en la madre operada por el padre, mantiene una determinada forma de identificación con el objeto de la madre (el falo). En este nivel se plantea ser o no ser el falo para ella.
La etapa siguiente del complejo de castración será pasar a tener o no tener.
Lo importante no son las relaciones personales entre el padre y la madre, sino las relaciones de la madre con la palabra del padre, que la madre fundamente al padre como mediador de lo que está más allá de su ley, la de ella y de su capricho, es decir la ley del padre propiamente dicha. Se trata del Padre en cuanto Nombre del Padre, vinculado con la enunciación de la ley. Es en ese nivel que es aceptado o no es aceptado por el niño como aquel que priva a la madre del objeto de su deseo. El vínculo de la castración con la ley es fundamental.
El objeto privilegiado del niño es la madre y le está prohibida, le genera una agresividad que dirige al padre. La amenaza de castración es la intervención real del padre con respecto a una amenaza imaginaria. El padre prohíbe no solo al niño, sino también a la madre.
Los tres tiempos del Edipo
Conviene para continuar que repasemos los tres tiempos del Edipo según los plantea Lacan:
Primer tiempo
Lo que el niño busca en cuanto deseo de deseo es poder satisfacer el deseo de su madre, es decir ser o no ser el objeto de deseo ella. El sujeto se identifica en espejo con el objeto de deseo de la madre. Es la etapa fálica primitiva. Al estar la primacía del falo, el niño capta que para gustarle a la madre basta y es suficiente con ser el falo. El no poder constituirse en objeto de deseo para ella tiene como efecto la problemática de las psicosis. Si se da la psicosis en el hijo podemos pensar cómo estuvo el Nombre del Padre y la inscripción fálica para esa madre.
Segundo tiempo
El padre interviene en calidad de mensaje para la madre. “No”: el mensaje de interdicción. Si esto se produce, la entrada del padre como interdictor, a pesar de una función siempre fallida, da lugar a la neurosis. De lo contrario nos encontramos con la perversión.
El padre está como metáfora si, y sólo si, la madre lo convierte en aquel cuya sola presencia sanciona la existencia del lugar de la Ley.
Tercer tiempo
De esta etapa depende la salida del Edipo. El padre ha demostrado que da el falo sólo en la medida en que es portador de la Ley. Puede dar o negar porque tiene el falo.
El padre interviene en este tercer tiempo como el que tiene el falo y no como el que lo es, y por eso reinstaura la instancia del falo como objeto deseado por la madre. El padre puede darle a la madre lo que ella desea porque lo tiene. Interviene entonces el plano de la potencia. Por eso la relación de la madre con el padre vuelve al plano real, o sea de lo genital, en un más allá del niño. El niño es desalojado de aquella posición ideal donde él y su madre podían satisfacerse.
Esta etapa supone para el niño una identificación con el padre que le permita a sí mismo, más adelante, ser hombre.
El complejo de Edipo, desde el primer tiempo hasta el final, implica la relación al lugar del padre y es fundamental para ubicar la neurosis, la perversión y la psicosis.
El Padre como significante
Retomando el padre simbólico, Lacan nos enseña que es un nombre, un significante, y que ese nombre es instaurado por la madre, ya que es la madre la que dice “este es tu padre”.
Vuelvo al punto donde un padre real necesita del registro simbólico para transformarse en padre. Lo que define al padre es una marca simbólica: darle un nombre a ese hijo.
En la única clase que llega a dar del Seminario “Introducción a los Nombres del Padre” Lacan hace un recorrido de lo trabajado en los seminarios en relación a la función del Nombre del Padre y se refiere al nombre propio en los seminarios “La identificación” y “Problemas cruciales…”. El nombre propio es definido por la relación nominante con algo que es del orden de la letra. Se trata de un trazo, una marca que tiene relación con el escrito, la letra.
Lacan nos dice: “La fundación del trazo no está tomada en ninguna parte más que en su unicidad, por lo que no se puede decir otra cosa de él sino que es lo que tiene en común todo significante de ser ante todo constituido como un trazo, de tener ese trazo como soporte. […] Nombre propio, vale por la función distintiva de su material sonoro, rasgo distintivo, el uso de una función sujeto del lenguaje: la de nombrar por su nombre propio. […] Lo que distingue un nombre propio […] es que de una lengua a otra eso se conserva en su estructura, su estructura sonora. […] Lacan es Lacan”.
El nombre propio no se traduce de una lengua a otra (pues no tiene significación), se transfiere y esa es su característica.
Como veremos más adelante, Lacan trabaja la relación entre el nombre propio, el rasgo unario y la constitución del sujeto en relación al significante.
Por lo pronto, hemos recorrido algunos conceptos como función paterna, Padre simbólico, función materna, función del padre como interdictor, la función de la familia conyugal, función nominante y función nombrante, que dentro del dispositivo analítico nos permiten ubicar la relación al lugar del Padre y como se jugó esta función en cada subjetividad.